Nov 082016
 

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Buenos días:

En el Boletín Oficial del Estado de 8 de noviembre de 2016 se publica la siguiente normativa de interés.

MINISTERIO DE DEFENSA

Fuerzas Armadas. Uniformidad

Es de especial importancia para el personal que aspire al acceso ya que en las últimas convocatorias se especifica lo siguiente en el apartado REQUISITOS.

Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades, virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de las Fuerzas Armadas, no especiales, cuya denominación, composición y utilización se recoge en la Orden Ministerial 6/1989, de 20 de enero, todo ello de conformidad con el artículo 15.5 del Reglamento, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo.

Esta normativa deroga la Orden Ministerial 6/1989, de 20 de enero por lo que esa limitación debe considerarse referida a esta nueva normativa.

Adjuntamos una de las uniformidades que deja más partes visibles, para determinar las zonas en las que no deben contener tatuajes.

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Si quieres ingresar en 2017 en las Academias Militares consulta en la web el material disponible para preparar el acceso. Puede adquirirse directamente en la web, en los desplegables del lateral derecho, o siguiendo las instrucciones de pedido (ver enlace). Empieza a prepararte ya.

Puedes consultar los aprobados en 2016 con nuestro material en este enlace (ver página)

De cualquier novedad informaremos en la web.

El equipo de sermilitar.com

 

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