
Buenos días:
Celebrándose hoy el Día de la Constitución Española, recordamos donde se definen las funciones de las Fuerzas Armadas en el marco de la misma y los artículos de la misma que les afectan.
https://www.defensa.gob.es/defensa/defensaconstitucion/
La defensa nacional se basa en el pleno ejercicio de los derechos y libertades públicas reconocidas en la Constitución española de 1978 y en la Carta de las Naciones Unidas de 1945.
La Constitución española establece que los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.
A las Fuerzas Armadas, la Carta Magna les asigna la misión de garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional. Todos los poderes públicos contribuirán a que se realice este fin.
Estas Fuerzas Armadas están constituidas por el Ejército de Tierra, el Ejército del Aire y la Armada.
Al Rey, jefe del Estado, le corresponde el Mando Supremo de las Fuerzas Armadas, así como, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.
La Constitución determina que el Gobierno es el encargado de dirigir la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado.
El artículo más destacado y que se estudia nada más ingresar en un Centro Docente Militar de Formación es el siguiente
Artículo 8.
- Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
Quien ingresa en las Fuerzas Armadas hace un juramento o promesa con la siguiente formalidad.
El jefe de la unidad militar que tome el juramento o promesa ante la Bandera pronunciará la siguiente fórmula: «¡Soldados! ¿Juráis o prometéis por vuestra conciencia y honor cumplir fielmente vuestras obligaciones militares, guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado, obedecer y respetar al Rey y a vuestros jefes, no abandonarlos nunca y, si preciso fuera, entregar vuestra vida en defensa de España?».
También es importante recordar que en las Reales Ordenanzas se menciona la Constitución en este artículo.
Artículo 48. Límites de la obediencia.
Si las órdenes entrañan la ejecución de actos constitutivos de delito, en particular contra la Constitución y contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, el militar no estará obligado a obedecerlas. En todo caso asumirá la grave responsabilidad de su acción u omisión.
Las Fuerzas Armadas participan en este día realizando un solemne izado de Bandera en el Congreso de los Diputados.
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Información oficial del Ministerio de Defensa
Página web de Reclutamiento del MINISDEF (ver enlace)
Subdelegaciones de Defensa (ver enlace)
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