Sep 102013
 

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Buenos días:

En el BOD nº 177 de 10/09/2013 aparece publicada la  Orden Ministerial 60/2013, de 5 de septiembre, por la que se modifican la Orden Ministerial 49/2010, de 30 de julio, por la que se establecen las normas de evaluación y de progreso y permanencia en los centros docentes militares de formación, para la incorporación a las escalas de oficiales y la Orden Ministerial 49/2011, de 28 de julio, por la que se establecen las normas de evaluación y de promoción y repetición de cursos en los centros docentes militares que impartan enseñanza de formación para la incorporación a las escalas de suboficiales.

«El nuevo modelo de enseñanza militar simultanea la formación militar con la obtención de un título de grado en el caso de los oficiales o la de un título de técnico superior de la formación profesional en el de los suboficiales. Ello ha puesto de manifiesto las diferencias existentes al proceder de dos sistemas independientes, el militar y el universitario o de formación profesional, en los que, en estos últimos, se reconoce la posibilidad de una convocatoria extraordinaria.

Atendiendo a la singularidad del modelo y al aumento de carga de trabajo que supone, se incluye la posibilidad de una prueba extraordinaria como existe en el sistema educativo general, tanto en el universitario como en el de la formación profesional.

La concesión de dicha prueba extraordinaria corresponde al director del centro docente militar de formación con el preceptivo informe de la Junta Docente.

También se clarifican las condiciones por las que el alumno puede causar baja en el centro docente militar de formación por aplicación del porcentaje de asignaturas y módulos que debe aprobar como mínimo.»

Se puede consultar íntegramente la citada norma consultando el BOD en www.clasespasivas.net o en la Intranet del MDEF.

Seguiremos informando.

El equipo de sermilitar.com

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