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En el Boletín Oficial del Estado de 27 de febrero aparece la siguiente normativa
Fuerzas Armadas
- Orden DEF/316/2015, de 23 de febrero, por la que se aprueban los medios de identificación que sobre el uniforme deben portar los miembros de las Fuerzas Armadas que tengan carácter de agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones.
En determinados supuestos los miembros de las Fuerzas Armadas tienen el carácter de Agentes de la Autoridad.
Se establecen dos grupos de funciones en los que el personal militar actúa como agente de la autoridad:
a) Grupo formado por los militares que desarrollan las misiones descritas en la disposición adicional primera, apartados 1 y 4, del Real Decreto 194/2010, de 26 de febrero.
b) Grupo formado por los militares que ejercen funciones de Policía Militar, Naval o Aérea.
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