Buenas tardes:
Adjuntamos enlace a la Revista Española de Defensa correspondiente al número de noviembre
http://www.defensa.gob.es/documentacion/revista/2014/red/red-311.html
Asimismo señalamos que en el BOD nº 224 de 17/11/2014 se publica
Instrucción 53/2014, de 4 de noviembre, de la Subsecretaria de Defensa, que modifica la Instrucción 75/2010, de 20 de diciembre, del Subsecretario de Defensa, por la que se aprueban las normas particulares de desarrollo y ejecución para la determinación de la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para las Fuerzas Armadas.
Lo más destacado es que, en el caso de los aspirantes que ya son militares que se presenten para acreditar el nivel funcional de un idioma que obtengan un perfil lingüístico con un grado de capacidad lingüística inferior a 0+ en alguno de los rasgos: ocasionará que los afectados no puedan volver a examinarse del idioma en cuestión hasta transcurridos dos años, contados a partir del año en que se realizó la prueba.
Ello no significa en ningún caso que un opositor que obtenga un perfil inferior a 0+ no pueda realizar la correspondiente prueba de Lengua Inglesa en el proceso selectivo al que se presente.
Seguiremos informando.
El equipo de sermilitar.com
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